Ante las dificultades económicas que atraviesa la comuna, el Departamento Ejecutivo presentó en el Concejo Deliberante un plan extraordinario de alivio fiscal.
El proyecto de Ordenanza propone eximir del pago de hasta el 100% de las Tasas y Derechos a los contribuyentes que realicen actividades comerciales y cuya facturación promedio mensual durante los meses de enero a abril del corriente año sea inferior a $15 millones mensuales.El beneficio incluye la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene; la Tasa de Servicios Generales; la Tasa de Publicidad y Propaganda; y los Derechos de Ocupación de Espacio Público.
Asimismo, se autoriza al Departamento Ejecutivo a eximir del pago de la Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias establecida en la Ordenanza Fiscal vigente, a aquellos contribuyentes que inicien trámites de habilitación de comercios.
Por otra parte, encomienda la conformación de un Comité de Análisis y Seguimiento del Plan de Alivio Fiscal integrado por representantes de la Secretaría de Desarrollo Productivo, de la Secretaría Economía y Finanzas, y por representantes del sector privado -a fin de analizar los pedidos de eximición que realicen las personas alcanzadas por la presente Ordenanza, previo a su otorgamiento por la autoridad competente-.
Será también misión del Comité realizar un seguimiento de la situación en general en el Partido de Luján sobre el desenvolvimiento y continuidad de las distintas actividades industriales y comerciales.
En tanto, los clubes de barrio serán eximidos del pago hasta el 100% de la Tasa de Servicios Generales durante el período fiscal 2024.
También se encomienda al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Desarrollo Humano, a realizar todas las acciones necesarias para fortalecer las actividades que desarrollan las instituciones referidas, analizando el impacto del aumento del costo de los servicios públicos necesarios para su funcionamiento y otorgar el apoyo económico que resulte conveniente para su sostenimiento.
Además, la iniciativa propone declarar la emergencia de la industria textil por el plazo de 180 días. En este caso, se eximirá a los contribuyentes que desarrollen actividades vinculadas a la industria textil y se encuentren afectados por la situación económica, del pago de un 20 % y un 50% de la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene durante el plazo que dure la emergencia. Del mismo modo, las solicitudes deberán ser analizadas por el Comité de seguimiento citado anteriormente.
Cabe destacar que esta propuesta es producto de una serie de reuniones que se mantuvieron en las últimas semanas con representantes de los sectores mencionados.