Por riesgo potencial para la salud pública, la ANMAT emitió este lunes varias Disposiciones en el Boletín Oficial para prohibir la comercialización, uso y distribución de una serie de productos.
Esa medida se tomó debido a graves irregularidades en su registro y procedencia. Estas alcanzan a productos de estética capilar, artículos de limpieza y un equipo de depilación definitiva.
Alisadores capilares: riesgo de formol y efectos adversos
A través de la Disposición 7322/2025, Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la cadena de uso, comercialización, publicidad y distribución de cuatro productos para el cabello de la marca T’ECNOLISS. Los artículos afectados son: “Sistema bio molecular S.A.P Fase 1”, “Sistema bio molecular S.Q.L Fase 2”, “Sistema bio molecular C.N.A Fase 3” y “Plastificado sin enjuague final HIALURON BTX Creme Arganoil”.
La medida se adoptó luego de una inspección en Ramos Mejía que constató la falta de datos de inscripción sanitaria en el rotulado de los productos. Para el organismo, la ausencia de registro representa un “serio riesgo para la salud de la población”, ya que estos alisadores podrían contener formol (formaldehído) como activo alisante.
ANMAT destacó que el formol no está autorizado para este uso debido a los efectos adversos que puede generar:
- Agudos: Irritación ocular, de piel y vías respiratorias.
- Crónicos: Dermatitis alérgica e incremento en la probabilidad de carcinomas nasofaríngeos.
Limpieza insegura: Lavandina “Limpimax” sin habilitación
La Disposición 7352/2025 se enfocó en el sector de domisanitarios, prohibiendo la elaboración, uso, comercialización, distribución y publicidad de todas las presentaciones de aguas lavandinas y limpiadores de la marca “Limpimax”. La prohibición se mantendrá hasta tanto la marca regularice su situación.
La alerta surgió al detectarse la promoción de estos productos en redes sociales con rótulos que incluían datos de registro que no correspondían a ningún establecimiento habilitado por ANMAT. La medida fue tomada para “proteger a eventuales adquirentes y usuarios” de productos de los que se desconoce su manufactura y seguridad, considerando que tanto los establecimientos como los productos deben contar con las correspondientes habilitaciones para ser comercializados y no poner en peligro la salud.
Prohibido equipo de depilación definitiva ilegítimo
Finalmente, la Disposición 7353/2025 prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el país de un equipo de depilación definitiva marca ALMA, identificado como “SOPRANO ICE – ALMA – SN S12ICE0672”, junto con su cabezal.
La investigación se inició tras una denuncia en Chubut por un equipo presuntamente ilegítimo. Se determinó que el equipo y el cabezal no fueron ingresados al país por la empresa autorizada para la importación de la marca ALMA.
Debido a que la procedencia no pudo ser acreditada, se desconoce su funcionamiento y seguridad, lo que implica un “riesgo para la salud de los potenciales pacientes” expuestos a su uso, así como para el personal que lo manipula.
ANMAT insta a la población a verificar siempre que los productos de salud y estética cuenten con las debidas inscripciones sanitarias para evitar riesgos.