Desde el 2 de marzo, ARCA habilitará un trámite 100% digital para modificar el domicilio fiscal. La medida busca reducir la burocracia, agilizar gestiones y fortalecer los registros tributarios.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pondrá en marcha, a partir del 2 de marzo, un nuevo procedimiento completamente digital para la denuncia y notificación del cambio de domicilio fiscal de los contribuyentes. La iniciativa forma parte de una estrategia más amplia orientada a la simplificación administrativa y a la modernización del sistema tributario.
La medida quedó oficializada mediante la Resolución General 5809/2025, publicada en el Boletín Oficial, y alcanzará tanto a personas humanas como a personas jurídicas, con criterios específicos según el tipo de contribuyente y la actividad desarrollada.
Un trámite más simple y sin gestiones presenciales
En los considerandos de la norma, el organismo —ex AFIP— remarcó que el objetivo central es “reducir la carga administrativa de los trámites que deban realizar los contribuyentes y responsables para cumplir con sus obligaciones”, promoviendo la digitalización y la desburocratización de los procesos vigentes.
En esa línea, ARCA consideró necesario “simplificar y agilizar el procedimiento” para la modificación del domicilio fiscal, eliminando instancias presenciales y reduciendo los tiempos de validación, especialmente en los casos en que la información ya se encuentre verificada en sus sistemas.
La resolución establece definiciones claras sobre qué se entiende por domicilio fiscal, diferenciando entre personas humanas y personas jurídicas.
En el caso de las personas humanas, el domicilio fiscal será aquel donde se desarrolle efectivamente la actividad económica. Para los trabajadores en relación de dependencia o quienes realicen actividades sin un local fijo, se tomará como referencia el domicilio real declarado.
Para las personas jurídicas, en cambio, se considera domicilio fiscal el lugar donde se ejerce la administración superior, ejecutiva o gerencial. Si existiera más de una unidad de explotación, se tomará como válido el domicilio correspondiente a la explotación principal.
Cómo realizar el cambio de domicilio fiscal de manera digital
Los contribuyentes deberán efectuar la modificación del domicilio fiscal a través del servicio web “Sistema Registral”, dentro del menú “Registro Único Tributario”. Para acceder, será obligatorio contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 3 o superior y completar el formulario electrónico 420/D.
Si el nuevo domicilio ya se encuentra previamente verificado en la base de datos del organismo, el sistema asignará automáticamente el estado “Confirmado”, sin necesidad de realizar trámites adicionales.
En los casos en que el domicilio no figure registrado, el contribuyente deberá cargar los datos de forma manual y adjuntar una constancia probatoria en formato digital. ARCA dispondrá entonces de un plazo de hasta siete días hábiles para aceptar o rechazar la solicitud presentada.
Domicilio fiscal de oficio y facultades del organismo
La resolución también contempla situaciones en las que ARCA podrá constituir un domicilio fiscal de oficio. Esto ocurrirá cuando el domicilio denunciado resulte inexistente, esté abandonado o sea desconocido. Además, el organismo estará facultado para declarar un domicilio fiscal alternativo a partir de información concreta obtenida en procesos de fiscalización.
Estos domicilios tendrán plena validez legal para la realización de notificaciones, lo que refuerza la importancia de mantener actualizados los datos fiscales.
Regímenes especiales y grandes contribuyentes
La normativa establece disposiciones particulares para determinados sectores. Los Grandes Contribuyentes incorporados a la subdirección correspondiente podrán constituir un domicilio opcional dentro de su radio de jurisdicción mediante el sistema de “Presentaciones Digitales”.
Por su parte, los auxiliares de comercio y los servicios aduaneros deberán fijar un domicilio especial dentro del radio urbano de la aduana donde operan, al igual que los permisionarios de depósitos fiscales, en línea con las exigencias operativas del sector.
Según lo dispuesto en el artículo 19 de la Resolución General 5809/2025, el nuevo esquema entrará en vigencia el 2 de marzo. A partir de esa fecha, el trámite digital será la vía obligatoria para la notificación y modificación del domicilio fiscal, consolidando un paso más hacia la digitalización integral de la gestión tributaria en la Argentina.
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