La Autoridad del Agua (ADA) oficializó este martes, mediante el Boletín Oficial bonaerense, la creación del nuevo Registro de Usuarios del Recurso Hídrico, un sistema que redefine la gestión, el control y la planificación del uso del agua en todo el territorio provincial.
La medida reemplaza el procedimiento de empadronamiento vigente desde 2018 y se enmarca en la Ley 12.257, conocida como Código de Aguas.
Un sistema obligatorio para todos los usuarios
La resolución establece que la inscripción será obligatoria para personas humanas, jurídicas, organismos públicos y privados que utilicen o pretendan utilizar agua en la provincia. Esto implica que cualquier actividad que requiera del recurso —desde uso industrial y agrícola hasta consumo institucional— deberá incorporarse a la nueva base de datos.
La ADA aclaró expresamente que el alta en el registro no supone la autorización para explotar el recurso, sino únicamente la identificación del usuario. La obtención de permisos especiales de uso sigue siendo un trámite independiente.
Registro actualizado y reemplazo del sistema 2018
El nuevo registro incorporará todos los inmuebles y áreas geográficas donde se utilice el recurso hídrico. De esta manera, queda derogado el procedimiento administrativo aprobado en 2018, el cual será suplantado por una plataforma más completa y ordenada.
La División de Informática del organismo tendrá a su cargo la migración de los datos existentes, así como la identificación de establecimientos, pozos, áreas de explotación y cualquier otro punto donde se haga uso del recurso. La medida busca mejorar la trazabilidad y el control, en línea con las exigencias del artículo 12 del Código de Aguas y su decreto reglamentario.
Subtítulo con la palabra clave: Control del uso del agua
El nuevo sistema permitirá a la Provincia fortalecer el control del uso del agua, garantizando una base de datos actualizada, centralizada y unificada. Según la normativa, la inclusión en el registro podrá realizarse a pedido del usuario o de oficio, según determine la ADA.
También se establece que los inscriptos deberán comunicar cualquier modificación de los datos suministrados y constituir domicilio electrónico, tal como exige la Ley 15.230. Esta modalidad apunta a agilizar notificaciones y trámites administrativos.
La resolución lleva las firmas de Máximo Lanzetta, Juan Oscar Deina, Martín Reibel Maier y Damián Matías Costamagna, miembros del Directorio de la ADA. Desde el organismo destacan que el registro permitirá mejorar la planificación y las políticas de protección del recurso hídrico en la provincia, un aspecto clave ante el crecimiento demográfico, productivo y urbano.
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