Elevan los montos de transferencias que deben informar las billeteras virtuales

Radio Estación Luján
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ARCA actualizó el piso mínimo que obliga a las entidades bancarias a informar transacciones, saldos y consumos, a partir del primero de enero del 2025.

En el inicio del 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), elevó el monto de importes a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar las transferencias, transacciones, saldos y consumos que realizan sus clientes.

La actualización se da de forma semestral automática, basada en la inflación acumulada en el período anterior. Este régimen fue diseñado para mejorar los controles tributarios, y no tiene impacto en los consumidores, porque no modifica sus obligaciones fiscales, ni genera costos adicionales.

Por lo tanto, a partir del 2025 las operaciones por arriba de $600.000, ingresos o egresos por más de $1.000.000 y saldos finales en cuentas por $2.000.000, deberán ser informados por las entidades bancarias ante la agencia de recaudación nacional.

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Los montos sirven como guía para que la ARCA pueda solicitar a los contribuyentes la documentación que demuestre el origen de los fondos, con el fin de asegurarse de que provengan de actividades legítimas y declaradas correctamente. Los movimientos financieros que se encuentren por debajo de esos montos, no suelen alertar al organismo.

En tanto, las entidades alcanzadas por esta normativa están obligadas a detallar a ARCA la información relacionada con las operaciones que superen los montos establecidos. Esto incluye datos sobre consumos, movimientos de fondos, depósitos y saldos, tanto en el ámbito bancario tradicional como en el digital.

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