Ya rige la veda electoral: qué no se puede hacer

Radio Estación Luján
Compartir en:

La veda electoral rige desde las 0800 de este viernes. Consiste en una serie de restricciones que se cumplen durante el proceso electoral y que los ciudadanos no pueden infringir.

Un Clic que salva vidas

Este domingo 26 de octubre se realizarán las Elecciones Legislativas 2025 en todo el país. Los ciudadanos asistirán a las urnas para elegir 24 senadores nacionales y 127 diputados nacionales, renovando parcialmente ambas cámaras del Congreso. Durante la jornada, los votantes deberán respetar la veda electoral establecida por el Código Electoral Nacional. Este viernes a la 8 comenzó la veda electoral.

La veda electoral consiste en una serie de restricciones que rigen durante el proceso electoral y que los ciudadanos no pueden infringir. Las prohibiciones comenzarán 48 horas antes de la votación y finalizarán tres horas después del cierre de las urnas.

Según el cronograma oficial de la Cámara Nacional Electoral (CNE), se detalla qué está permitido y qué no durante este período previo y durante el día de los comicios.

¿A qué hora inicia la veda electoral?

La veda electoral comenzó el viernes 24 de octubre a las 8:00 de la mañana y se extenderá hasta tres horas después de la finalización de los comicios. Durante ese tiempo, estarán prohibidas las siguientes actividades:

  • Reuniones de electores o depósito de armas en un radio de 80 metros alrededor de las mesas de votación.
  • Espectáculos públicos al aire libre o en espacios cerrados, así como cualquier reunión no vinculada al acto electoral.
  • Publicación o difusión de encuestas, sondeos o proyecciones sobre los resultados.
  • Entrega de boletas dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
  • Venta de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes de la elección y hasta tres horas después de su cierre.

Si algún partido político infringe la veda electoral mediante actividades de campaña, podrá perder el derecho a recibir financiamiento público durante uno a cuatro años, además de quedar excluido del financiamiento electoral por una o dos elecciones.

Por su parte, los ciudadanos que incumplan la normativa podrán recibir multas de entre $10.000 y $100.000 o incluso ser detenidos por hasta 15 días si realizan propaganda política o exhiben banderas y distintivos partidarios en la vía pública durante la jornada electoral.

Ver también

monotributo social

El monotributo social subsidia el 100% de impuestos y jubilación

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha puesto el foco en la inclusión …