La implementación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) trajo cambios significativos y directos en el régimen impositivo argentino en general y para los monotributistas en particular.
Esta nueva entidad fue creada a través de un decreto y promete un enfoque reduccionista en términos de gasto estatal, lo cual implica la reducción de personal y un ajuste en la estructura administrativa. Sin embargo, los contribuyentes, especialmente los monotributistas, deben prestar atención a las nuevas disposiciones para evitar penalidades.ARCA, ahora responsable de la recaudación tributaria y el control aduanero, asumió muchas de las funciones que tradicionalmente desempeñaba la AFIP. Decidió mantener el calendario de fechas que ya había publicado la hoy vieja AFIP para generar una suerte de estabilidad, en medio de un período de transición institucional.
La fecha clave para monotributistas
La entidad definió que los monotributistas tienen hasta el 20 de noviembre para realizar el pago correspondiente a su cuota mensual bajo el Régimen Simplificado. De no abonar las obligaciones fiscales para esta fecha determinada, los contribuyentes pueden recibir penalidades o recargos.
Cómo es el monotributo en ARCA
Con el traspaso de un organismo al otro, la AFIP ya había oficializado en su momento los montos que correspondían a noviembre:
Categoría A: $26.600,00
Categoría B: $30.280,00
Categoría C: $35.458,00
Categoría D: $45.443,80 (servicios) y $44.343,80 (comercio)
Categoría E: $64.348,18 (servicios) y $58.148,18 (comercio)
Categoría F: $80.983,00 (servicios) y $69.783,00 (comercio)
Categoría G: $123.696,20 (servicios) y $85.296,20 (comercio)
Categoría H: $280.734,68 (servicios) y $170.734,68 (comercio)
Categoría I: $517.608,55 (comercio) y $255.108,55 (servicios)
Categoría J: $626.931,97 (comercio) y $311.931,97 (servicios)
Categoría K: $867.084,76 (comercio) y $377.084,76 (servicios)
Límites de facturación
Categoría A: hasta $6,45 millones
Categoría B: hasta $9,45 millones
Categoría C: hasta $13,25 millones
Categoría D: hasta $16,45 millones
Categoría E: hasta $19,35 millones
Categoría F: hasta $24,25 millones
Categoría G: hasta $29 millones
Categoría H: hasta $44 millones
Categoría I: hasta $49,25 millones
Categoría J: hasta $56,4 millones
Categoría K: hasta $68 millones
En el caso de que el monotributista supere el límite de facturación, es importante que inicie el proceso de recategorización para poder estar al día.