La validez de las infracciones de tránsito en Argentina varía según la jurisdicción y la gravedad de la falta. Conozca los tiempos legales para la caducidad y las nuevas reglas de circulación.
El sistema de infracciones de tránsito en Argentina presenta una estructura federal que genera, en ocasiones, confusión entre los conductores. Si bien la Ley Nacional de Tránsito (N° 24.449) establece un marco de referencia, cada provincia y municipio posee la facultad de determinar sus propios plazos de prescripción y modalidades de sanción. Esta autonomía implica que una misma falta puede tener una vigencia legal distinta dependiendo de si fue cometida en territorio bonaerense, en la Capital Federal o en el interior del país.
Plazos de prescripción según la jurisdicción
A nivel nacional, el artículo 89 de la normativa vigente distingue entre dos categorías: las faltas leves, que prescriben a los dos años, y las faltas graves, que caducan a los cinco años. No obstante, este cronómetro legal se interrumpe si el infractor comete una nueva falta grave o si se inicia una secuencia de juicio contravencional o ejecutivo.
En la Provincia de Buenos Aires, se mantiene el esquema nacional de 2 y 5 años. Sin embargo, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) aplica un criterio unificado bajo la Ley 451, donde todas las infracciones, sin distinción de gravedad, prescriben a los cinco años.
Otras provincias presentan variaciones significativas que los conductores deben considerar al circular por el territorio nacional:
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Mendoza: Las multas leves caducan a los dos años, las graves a los tres y las “gravísimas” a los cuatro años.
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Córdoba: La Ley Provincial N° 9.169 establece un plazo único de tres años para todas las categorías, contados desde el día siguiente a la infracción.
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Neuquén: Aplica un criterio similar al de CABA pero con un plazo reducido a tres años.
Reformas y modernización en el sistema tránsito
Las recientes actualizaciones normativas han introducido conceptos orientados a la seguridad vial y la reeducación del infractor. Uno de los ejes centrales es la reiterancia, que se configura cuando un conductor acumula infracciones antes de que una sanción previa quede firme. En estos casos, la autoridad puede aplicar medidas preventivas y agravar la penalidad económica o administrativa.
Además, el sistema tránsito actual busca alternativas a la sanción monetaria tradicional. Se han incorporado herramientas como el trabajo comunitario en instituciones públicas y las “instrucciones especiales”, que obligan al ciudadano a asistir a programas terapéuticos o cursos de convivencia vial.
En cuanto a la tecnología vehicular, se ha regularizado el uso de las luces diurnas automáticas (DRL). Anteriormente, su uso era motivo de sanción por no considerarse equivalentes a las luces bajas. Con la nueva reforma, se autoriza su uso como alternativa válida exclusivamente durante el día y bajo condiciones de buena visibilidad. Sin embargo, en casos de lluvia, niebla o humo, el uso de la luz baja tradicional sigue siendo estrictamente obligatorio.
Cómo consultar y gestionar las infracciones
Si el plazo de prescripción ha vencido pero la multa persiste en los registros, el titular debe realizar un descargo formal ante el juzgado de faltas correspondiente o a través de las plataformas web oficiales para solicitar su baja definitiva.
Para verificar el estado de un vehículo, existen canales digitales y presenciales:
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En CABA: La consulta puede realizarse de forma presencial en la DGAI o mediante la web oficial de Consulta de Infracciones, ingresando el DNI del titular o el dominio (patente) del rodado.
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En Provincia de Buenos Aires: El trámite se gestiona a través del sitio de Infracciones de la provincia. En caso de registrar deudas, el sistema permite descargar cupones de pago o abonar de forma inmediata mediante el escaneo de un código QR.
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