ARCA extendió hasta el 23 de octubre la caracterización como pequeño contribuyente para personas humanas y sucesiones indivisas, debido a la prórroga otorgada para presentar Ganancias.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) decidió postergar de manera excepcional el proceso sistémico mediante el cual determina qué personas humanas y sucesiones indivisas reúnen las condiciones para ser caracterizadas como pequeño contribuyente.
La medida extiende hasta el 23 de octubre de 2026 un procedimiento que originalmente debía ejecutarse durante septiembre. La decisión está vinculada con la prórroga otorgada para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025.
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La modificación fue establecida mediante la Resolución General 5902/2026, publicada este martes 29 de septiembre en el Boletín Oficial. La norma dispone que la caracterización correspondiente al año 2026 se realice excepcionalmente el 23 de octubre.
Pequeño contribuyente: qué cambió
La caracterización tiene importancia para determinados regímenes de regularización de obligaciones tributarias administrados por ARCA. El organismo realiza el procedimiento de manera sistémica y utiliza información fiscal disponible para determinar quiénes cumplen los parámetros establecidos.
Según las reglas vigentes, el proceso se realiza habitualmente el anteúltimo día hábil de septiembre de cada año. Sin embargo, para 2026 ARCA decidió diferirlo porque una parte de la información necesaria para efectuar la evaluación surge de las declaraciones juradas de Ganancias correspondientes al período fiscal anterior.
El cambio está directamente relacionado con la modificación del calendario de Ganancias. ARCA había extendido hasta el 13 de octubre de 2026 el plazo para que las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en el régimen presenten la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025.
De esta manera, la nueva fecha de caracterización permite que el organismo cuente con información más actualizada antes de ejecutar el proceso automático.
La resolución señala que el objetivo es disponer de los datos necesarios para determinar, cuando corresponda, la condición de cada sujeto como pequeño contribuyente.
Qué datos analiza ARCA
Uno de los principales parámetros utilizados para determinar la condición de pequeño contribuyente es el nivel de ingresos. ARCA establece que estos no deben superar el equivalente a los ingresos brutos máximos correspondientes a la categoría K del Monotributo, tomando como referencia el valor vigente en diciembre del año calendario anterior al proceso.
Para quienes presentan declaración jurada de Ganancias, el análisis contempla el total de ingresos gravados y exentos informado en esa presentación.
También se consideran otros ingresos que surgen de la información disponible para el organismo, entre ellos las remuneraciones declaradas por los empleadores mediante los formularios F. 931 y los ingresos correspondientes a jubilaciones y pensiones, cuando corresponda.
Además, cuando el contribuyente presentó la declaración jurada de Bienes Personales del período anterior, se contempla el valor total de los bienes declarados, sin descontar los mínimos no imponibles. Ese importe debe encontrarse dentro de los límites establecidos por la normativa aplicable.
La postergación busca evitar que una declaración presentada con información incompleta o que todavía no haya podido ser revisada termine impactando en la caracterización del contribuyente.
Esto resulta relevante porque los datos utilizados por el sistema pueden determinar si una persona queda comprendida como pequeño contribuyente o si, por el contrario, corresponde aplicar parámetros asociados con otra categoría.
ARCA explicó que el diferimiento procura evitar errores o inconsistencias derivados de la proximidad entre el vencimiento de Ganancias y la fecha prevista originalmente para realizar la caracterización. La Resolución General 5902/2026 establece que la medida tiene carácter excepcional y que entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.
Por lo tanto, el proceso correspondiente a 2026 no se ejecutará en septiembre como estaba previsto inicialmente, sino que quedó fijado para el 23 de octubre.
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