El SENASA modificó el sistema sanitario y permitirá a los productores elegir libremente veterinarios acreditados para aplicar vacunas obligatorias contra fiebre aftosa y brucelosis, en un cambio clave del esquema ganadero.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) oficializó un cambio significativo en el sistema de vacunación del ganado en Argentina. A través de la Resolución 201/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo habilitó a los productores agropecuarios a seleccionar libremente a veterinarios privados acreditados para aplicar las vacunas obligatorias contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina.
La normativa introduce modificaciones en el funcionamiento de las campañas sanitarias que se realizan de manera periódica en todo el país. Hasta ahora, gran parte de la logística y la aplicación de las vacunas se organizaba a través de entes sanitarios locales que coordinaban la inmunización en cada región.
Con el nuevo esquema, los titulares de establecimientos registrados en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios) podrán contratar directamente a un veterinario acreditado para comprar, conservar y aplicar las dosis durante las campañas oficiales o en vacunaciones estratégicas.
Nuevo esquema contra la fiebre aftosa
El cambio apunta a introducir mayor flexibilidad en el sistema sanitario ganadero. Según establece la resolución, cada productor deberá informar al SENASA el esquema de vacunación que aplicará en su establecimiento mediante un sistema de autogestión.
Los veterinarios que participen en las campañas deberán contar con acreditación oficial del organismo sanitario como vacunadores y, además, estar habilitados para intervenir en la vacunación contra brucelosis bovina. Entre sus responsabilidades estará garantizar el correcto manejo de las vacunas, especialmente en lo que respecta a la conservación de la cadena de frío.
El registro de cada aplicación deberá cargarse obligatoriamente en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA), plataforma que centraliza la información sanitaria del rodeo bovino a nivel nacional.
La normativa también establece que las vacunas deberán adquirirse a través de laboratorios productores, importadores o establecimientos debidamente habilitados, incluyendo entes sanitarios que continúen operando en el sistema.
Argumentos oficiales
Desde el Gobierno nacional explicaron que el cambio busca introducir mayor competencia en la prestación del servicio y reducir costos operativos para los productores.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, cuestionó el sistema anterior al señalar que la organización por entes sanitarios generaba situaciones de exclusividad territorial.
Según explicó, cada productor debía vacunar a su hacienda a través del ente sanitario correspondiente a su zona, sin posibilidad de contratar servicios alternativos. Esto, sostuvo, generaba diferencias de precios entre regiones y limitaba la competencia.
En ese contexto, el funcionario señaló que la apertura del sistema podría facilitar la participación de laboratorios o empresas especializadas en logística sanitaria, capaces de distribuir vacunas a mayor escala en todo el país.
Control sanitario y trazabilidad
A pesar de la mayor libertad para los productores, el SENASA mantendrá el control sanitario a través de los mecanismos de registro y fiscalización establecidos.
Los veterinarios acreditados deberán actuar además como agentes de información sanitaria. Entre sus obligaciones estará reportar cualquier evento relevante que detecten durante las campañas, como mortandad de animales, inconsistencias en el stock o movimientos irregulares de ganado.
Este sistema busca preservar la trazabilidad del rodeo bovino argentino y garantizar el cumplimiento de las campañas obligatorias de vacunación, consideradas estratégicas para mantener el estatus sanitario del país frente a enfermedades que afectan la producción ganadera y el comercio internacional de carne.
La nueva modalidad entrará en vigencia el 1 de enero de 2027, lo que otorgará un período de adaptación para productores, veterinarios y organismos sanitarios antes de su implementación definitiva.
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