Datos Genéticos: Buenos Aires creó un registro para identificar cadáveres NN

Radio Estación Luján

Los Datos Genéticos y la información forense de cadáveres no identificados serán reunidos en un nuevo registro bonaerense para fortalecer búsquedas, investigaciones judiciales e identificación de personas.

La provincia de Buenos Aires promulgó la Ley 15.615, que crea el Registro Provincial de Datos Genéticos de Cadáveres o Restos Cadavéricos No Identificados (RPDGC). La nueva herramienta busca centralizar y preservar información genética, forense y judicial que pueda resultar clave para determinar la identidad de personas fallecidas que permanecen sin identificar.

La norma fue sancionada por el Senado bonaerense el 24 de junio y promulgada este martes mediante su publicación en el Boletín Oficial. El registro funcionará en el ámbito del Banco de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires.

El objetivo central es evitar que la información vinculada con cadáveres o restos humanos sin identificación quede dispersa y facilitar futuras tareas de reconocimiento. La iniciativa también apunta a fortalecer investigaciones judiciales, búsquedas de personas desaparecidas y procedimientos relacionados con restos humanos hallados en el territorio bonaerense.

Datos Genéticos para identificar personas

El nuevo registro reunirá información de todos los cadáveres o restos cadavéricos que no hayan podido ser identificados. La creación de una base específica busca conservar evidencias que, con el paso del tiempo, pueden permitir establecer la identidad de una persona.

El eje del sistema estará puesto en la conformación de un legajo único para cada cadáver o resto cadavérico. Ese expediente deberá reunir la mayor cantidad posible de elementos útiles para una eventual identificación.

Entre los datos contemplados se encuentra el perfil de ADN, una de las herramientas centrales para establecer correspondencias genéticas. También se incorporarán huellas dactilares y fichas odontológicas, otros elementos que pueden aportar información decisiva en procesos de identificación.

El legajo también podrá incluir características físicas, cicatrices, tatuajes y fotografías. A esto se sumarán datos vinculados con el lugar donde fueron hallados los restos, las circunstancias del fallecimiento, la causa de muerte, muestras biológicas y las pertenencias encontradas.

La normativa contempla además la incorporación de cualquier otro elemento que pueda resultar útil para una futura identificación.

Un legajo único por cada cadáver

La creación de un expediente individual busca concentrar la información correspondiente a cada caso. De esta manera, los distintos elementos reunidos pueden ser consultados y comparados cuando aparezca nueva información que permita avanzar en la identificación.

El sistema contempla información de naturaleza genética, dactiloscópica, odontológica y física. La incorporación de estos datos permite contar con diferentes vías de análisis y comparación.

En una investigación de identificación, la disponibilidad de una sola evidencia puede no ser suficiente. Por eso, la posibilidad de reunir en un mismo legajo perfiles de ADN, huellas, fotografías, características físicas y otros registros puede ampliar las posibilidades de establecer una identidad.

La información relacionada con el lugar del hallazgo y las circunstancias del fallecimiento también puede resultar relevante para reconstruir el contexto de un caso y vincularlo con denuncias de personas desaparecidas.

Buenos Aires creó un registro de Datos Genéticos

El plazo de 48 horas

Uno de los puntos centrales de la ley establece que los jueces y los organismos que intervengan en el hallazgo de un cuerpo no identificado deberán comunicar el caso al registro dentro de las 48 horas.

A partir de esa comunicación deberá iniciarse el legajo correspondiente. El objetivo es que la información quede registrada y resguardada desde las primeras etapas del procedimiento.

La medida busca evitar que se pierdan datos relevantes durante el proceso posterior al hallazgo. El registro temprano permite reunir las evidencias disponibles y preservar la información para futuras investigaciones.

El plazo de 48 horas establece así una obligación de comunicación para los actores que intervengan en el hallazgo y procura incorporar rápidamente el caso a la base de datos provincial.

La identificación de una persona fallecida puede requerir el análisis de diferentes tipos de información. En algunos casos, las huellas dactilares pueden ser determinantes; en otros, pueden resultar centrales los datos odontológicos o el perfil genético.

También pueden adquirir relevancia las características físicas, las fotografías, las pertenencias y las muestras biológicas. La información reunida en el momento del hallazgo puede ser fundamental para establecer conexiones posteriores.

La nueva ley apunta precisamente a preservar esos elementos y a evitar que el paso del tiempo dificulte la identificación.

El registro no se limitará a almacenar perfiles de ADN. La normativa establece un esquema más amplio de información forense, con el objetivo de construir una ficha integral de cada cadáver o resto cadavérico no identificado.

Una herramienta para las búsquedas

Uno de los objetivos de la norma es contribuir a las investigaciones relacionadas con personas desaparecidas. Cuando una familia busca a una persona cuyo paradero se desconoce, la existencia de un registro organizado de restos no identificados puede aportar una herramienta adicional para la comparación de información.

La posibilidad de cruzar datos genéticos y forenses puede contribuir a establecer coincidencias. La identificación de un cuerpo requiere procedimientos técnicos y judiciales, pero contar con información centralizada puede facilitar la investigación.

La iniciativa también busca fortalecer el trabajo de los organismos que intervienen en causas judiciales y procedimientos relacionados con restos humanos.

En este sentido, la creación del RPDGC representa una herramienta institucional destinada a mejorar la conservación y disponibilidad de información que puede permanecer sin ser utilizada si no existe un sistema específico de registro.

Qué ocurre cuando se identifica a una persona

La normativa establece que, una vez identificado el cadáver o los restos cadavéricos que dieron origen al registro, se dará de baja la información correspondiente de la base de datos de restos no identificados.

Buenos Aires creó un registro de Datos Genéticos

A partir de ese momento, se considerará concluido el procedimiento de registración como caso de identidad desconocida.

La baja de la información como resto no identificado permite actualizar la base de datos y mantenerla enfocada en los casos que continúan pendientes de resolución.

De esta manera, el registro tendrá un mecanismo de actualización asociado a la evolución de cada investigación. Los casos podrán permanecer incorporados mientras no se determine la identidad y dejarán de formar parte de la categoría de no identificados una vez que se establezca quién era la persona.

Una nueva herramienta para la Justicia bonaerense

La Ley 15.615 incorpora una herramienta específica dentro del ámbito del Banco de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.

La centralización de información genética y forense busca mejorar la capacidad de respuesta ante casos de cadáveres o restos humanos que no pudieron ser identificados en el momento del hallazgo.

El registro también puede contribuir a preservar la memoria documental de cada caso y a evitar que evidencias relevantes queden fragmentadas en distintos expedientes o dependencias.

La norma impulsada por el diputado de Unión por la Patria Facundo Tignanelli establece un mecanismo para reunir información que puede ser decisiva con el paso del tiempo.

Con la promulgación de la Ley 15.615, la provincia de Buenos Aires suma un registro específico para cadáveres y restos cadavéricos no identificados. La iniciativa busca fortalecer la identificación, preservar evidencias y brindar nuevas herramientas para investigaciones judiciales y búsquedas de personas desaparecidas.

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