La reforma de la Ley de Obra Pública impulsada por la Provincia busca agilizar contrataciones, otorgar mayor previsibilidad a las empresas y mejorar la ejecución de proyectos estratégicos.
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires oficializó una serie de modificaciones en el régimen de contratación de la obra pública con el objetivo de agilizar procesos administrativos, optimizar la ejecución de proyectos y brindar mayor previsibilidad a las empresas contratistas que participan en licitaciones provinciales.
La medida fue establecida mediante el decreto 623/2026, publicado en el Boletín Oficial, y actualiza aspectos centrales de la reglamentación de la Ley 6021 de Obras Públicas. La normativa introduce cambios sobre el histórico decreto reglamentario 5488/59, adecuándolo a las modificaciones incorporadas recientemente por la Ley de Presupuesto 2026.
Desde la administración bonaerense señalaron que la actualización busca adaptar el marco regulatorio a las necesidades actuales del sector y dotar de mayor eficiencia a los procedimientos vinculados a la planificación, adjudicación y ejecución de obras.
La decisión se enmarca en una estrategia que considera a la obra pública como una herramienta clave para impulsar la actividad económica, generar empleo y fortalecer la infraestructura provincial.
Obra Pública y mayor eficiencia
Uno de los ejes centrales de la reforma está vinculado al funcionamiento del Consejo de Obras Públicas, organismo que participa en distintas etapas de los procesos licitatorios.
A partir de la entrada en vigencia del decreto, la intervención previa del Consejo quedará limitada a la emisión de un dictamen técnico denominado “Validación de Proyecto”. Este informe estará enfocado exclusivamente en cuestiones técnicas y tendrá como finalidad evaluar aspectos esenciales de cada iniciativa.
El análisis incluirá la revisión de planos, pliegos de bases y condiciones, presupuestos oficiales, memorias descriptivas y, cuando corresponda, estudios técnico-económicos relacionados con la explotación de servicios públicos.
La modificación apunta a reducir instancias administrativas consideradas innecesarias y acelerar los tiempos previos a la convocatoria de licitaciones, uno de los reclamos frecuentes tanto de organismos ejecutores como de empresas constructoras.
Según surge de los fundamentos de la norma, la intención es garantizar procedimientos más ágiles sin afectar los controles técnicos indispensables para asegurar la calidad de los proyectos.
Nuevas reglas para contrataciones directas
Otro de los cambios relevantes incorporados por el decreto se refiere a los mecanismos de contratación directa.
La nueva reglamentación establece que este procedimiento podrá utilizarse cuando el presupuesto oficial de la obra no supere el equivalente a 400 unidades de medida. Dichas unidades estarán vinculadas al valor del metro cuadrado de construcción y serán actualizadas periódicamente por la autoridad competente mediante índices objetivos relacionados con la evolución de los costos del sector.
La modificación busca otorgar mayor flexibilidad para ejecutar obras de menor escala sin necesidad de atravesar procesos licitatorios extensos, permitiendo una respuesta más rápida ante determinadas necesidades de infraestructura.
Desde el Gobierno provincial sostienen que este esquema facilitará la concreción de proyectos que requieren soluciones ágiles, especialmente en áreas vinculadas a mantenimiento, reparación o intervenciones puntuales.
Cómo se evaluarán las ofertas
La nueva normativa también introduce precisiones respecto de los criterios para adjudicar las obras.
El precio continuará siendo el principal factor para determinar cuál es la oferta más conveniente para el Estado. Sin embargo, el decreto habilita la posibilidad de incorporar otros elementos de evaluación en situaciones excepcionales y siempre que dichos criterios estén expresamente contemplados en los pliegos.
Entre los factores complementarios que podrán analizarse aparecen la calidad técnica de la propuesta, la solvencia económica de la empresa, sus antecedentes, la integridad del oferente y aspectos vinculados con la sostenibilidad económica, social y ambiental.
La incorporación de estas variables busca ofrecer herramientas adicionales para seleccionar propuestas que garanticen mejores resultados durante la ejecución de los trabajos.
Modificaciones contractuales y prórrogas
El decreto también incorpora cambios importantes para la etapa de ejecución de las obras.
En aquellos casos donde se utilicen reservas presupuestarias previstas por la legislación vigente, ya no será necesario celebrar un nuevo contrato para introducir modificaciones. Bastará con la emisión de un acto administrativo que apruebe los cambios y certifique que responden a necesidades concretas surgidas durante la obra.
La medida apunta a evitar demoras burocráticas que, en algunos casos, podían extender significativamente los plazos de ejecución.
Por otra parte, la nueva reglamentación incorpora un artículo específico para regular las solicitudes de prórroga.
Las empresas contratistas podrán solicitar extensiones de plazo cuando existan causas justificadas previstas por la ley. Para ello deberán presentar la documentación correspondiente dentro de los 30 días posteriores al hecho que provocó la demora.
Posteriormente, la repartición encargada del control de la obra deberá analizar el impacto real de esas circunstancias sobre el cronograma de trabajos antes de resolver la solicitud.
Alcance de la medida
Las nuevas disposiciones comenzarán a aplicarse a las licitaciones cuyos procesos aún no hayan alcanzado la apertura de ofertas.
Asimismo, algunas de las modificaciones vinculadas a la ejecución de obras podrán extenderse a contratos actualmente vigentes, siempre que ello no afecte el principio de igualdad entre los participantes.
Con esta reforma, la Provincia busca modernizar un régimen normativo con décadas de vigencia y adecuarlo a las necesidades actuales de gestión, apostando a procedimientos más ágiles y previsibles para el desarrollo de infraestructura en territorio bonaerense.
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