Licencias de conducir: qué cambia para los choferes profesionales

Radio Estación Luján

Las licencias de conducir profesionales incorporarán nuevas modalidades desde el 6 de julio. La Provincia modificó los requisitos para las categorías C, D y E.

Desde el próximo 6 de julio comenzará a aplicarse en la Provincia de Buenos Aires una nueva reglamentación para el otorgamiento y renovación de las Licencias Nacionales de Conducir Profesionales correspondientes a las clases C, D y E.

La medida introduce un esquema diferenciado según el ámbito donde cada conductor desarrolla su actividad laboral y modifica parte de los procedimientos que deberán cumplirse para acceder a determinadas categorías.

Las nuevas disposiciones alcanzan especialmente a quienes realizan transporte de pasajeros o cargas fuera de la jurisdicción bonaerense.

La nueva licencia según la actividad

Uno de los ejes centrales de la normativa es la diferenciación entre licencias jurisdiccionales e interjurisdiccionales.

Las primeras estarán destinadas exclusivamente a quienes desempeñen sus tareas dentro de la Provincia de Buenos Aires.

Por su parte, las licencias interjurisdiccionales corresponderán a los conductores que desarrollen actividades de transporte entre distintas provincias, con destino a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o incluso hacia otros países.

Esta clasificación determina diferentes exigencias para la obtención o renovación de cada licencia.

Los aspirantes a una licencia interjurisdiccional deberán completar una serie de instancias adicionales mediante prestadores externos autorizados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Según el trámite que corresponda, el procedimiento podrá incluir controles psicofísicos, cursos de capacitación y evaluaciones teóricas y prácticas.

El objetivo es adecuar los requisitos a las características propias del transporte de alcance nacional e internacional.

Cómo quedan las categorías habilitadas

La normativa también establece diferencias entre las distintas subclases de licencias profesionales.

Las categorías C1, D1, D2, D3, D4 y E2 podrán tramitarse bajo cualquiera de las dos modalidades previstas.

En cambio, las licencias C2, C3 y E1 serán exclusivamente interjurisdiccionales, por lo que sus titulares deberán cumplir obligatoriamente con los nuevos procedimientos establecidos.

Esta organización busca que cada licencia responda al tipo de servicio efectivamente prestado por el conductor.

Cambios licencias profesionales

Lo que no cambia

A pesar de las modificaciones introducidas, las autoridades aclararon que varios aspectos del trámite permanecerán vigentes sin alteraciones.

El proceso continuará desarrollándose de forma presencial tanto al inicio como al finalizar el trámite en el Centro Emisor de Licencias correspondiente.

Los plazos de vigencia seguirán dependiendo de la edad del conductor y de la categoría obtenida, mientras que las boletas CENAT y CEPAT mantendrán las mismas características actualmente vigentes.

Además, la licencia física continuará siendo el único documento reconocido para circular dentro del territorio bonaerense.

Dónde obtener información

Las personas interesadas en iniciar un trámite o conocer los alcances de la nueva reglamentación podrán dirigirse a la oficina de Licencias de Conducir ubicada en Avenida España y Belgrano.

La atención se brinda de lunes a viernes entre las 07:15 y las 13:15.

También se encuentra habilitada la línea telefónica 2323-435704 para consultas relacionadas con las nuevas disposiciones.

Una adaptación para el transporte profesional

La implementación de esta normativa representa una actualización en el régimen de licencias profesionales dentro de la Provincia de Buenos Aires.

Si bien buena parte del procedimiento administrativo continúa sin modificaciones, la diferenciación entre actividades jurisdiccionales e interjurisdiccionales introduce nuevos pasos que deberán contemplar numerosos conductores antes de iniciar sus trámites.

En consecuencia, quienes necesiten obtener o renovar una licencia profesional de las clases C, D o E deberán verificar previamente cuál es la modalidad que corresponde a su actividad laboral y cuáles son las evaluaciones exigidas en cada caso para cumplir correctamente con la nueva reglamentación que comenzará a regir desde el 6 de julio.

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