Luz: la Justicia frenó el aumento en la Provincia

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La Justicia bonaerense suspendió el aumento de las tarifas de luz que comenzó a aplicarse en agosto y ordenó a las principales distribuidoras de la provincia volver al esquema anterior para los componentes alcanzados por la medida.

La Justicia suspendió el aumento de la luz en la Provincia y ordenó a las distribuidoras acreditar las diferencias cobradas a los usuarios en próximas facturas.

La decisión fue adoptada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del juez Agustín López Coppola, a partir de una presentación realizada por el Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino.

La resolución tiene carácter cautelar y, por lo tanto, no define todavía la cuestión de fondo. Mientras continúa el proceso judicial, EDELAP, EDEN, EDES y EDEA deberán cumplir con la suspensión dispuesta y con el mecanismo de compensación para aquellos usuarios que ya hayan abonado los valores cuestionados.

Luz: qué aumento quedó suspendido

El fallo no implica la eliminación de todos los componentes que forman parte de una factura de luz. La medida se concentra en los valores establecidos bajo jurisdicción provincial y, particularmente, en los componentes vinculados con el Valor Agregado de Distribución (VAD).

Ese concepto forma parte de la estructura tarifaria que remunera la actividad de las empresas distribuidoras. La Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos había establecido nuevos cuadros tarifarios con aplicación sobre los consumos correspondientes desde agosto.

La Justicia dispuso ahora suspender los efectos de esa resolución y restablecer el cuadro tarifario anterior para los componentes alcanzados por la cautelar. También estableció que no podrán incorporarse nuevos aumentos provinciales bajo condiciones similares sin una instancia previa de información y participación de los usuarios.

La decisión no debe confundirse con los valores de la energía y el transporte definidos por el Gobierno nacional. Esos componentes tienen un origen regulatorio diferente y no fueron establecidos por la resolución provincial cuestionada.

Qué empresas y usuarios están alcanzados

La medida alcanza a las cuatro distribuidoras eléctricas que se encuentran bajo regulación de la Provincia de Buenos Aires: EDELAP, que presta servicio principalmente en La Plata y zonas cercanas; EDEN, en el norte bonaerense; EDES, en el sur; y EDEA, en buena parte del centro y la Costa Atlántica.

El alcance territorial explica que el fallo tenga impacto sobre usuarios de distintas regiones del territorio bonaerense.

En cambio, Edenor y Edesur no están comprendidas en la cautelar, debido a que sus áreas de concesión se encuentran bajo regulación nacional.

Tampoco debe interpretarse automáticamente que la medida modifica las facturas de luz de los usuarios que reciben electricidad mediante cooperativas. La resolución difundida identifica expresamente a EDELAP, EDEN, EDES y EDEA como las distribuidoras alcanzadas.

Por ese motivo, quienes reciben el servicio de una cooperativa deberán esperar las indicaciones que correspondan para determinar si existe alguna aplicación específica en su caso.

tarifa de luz

Cómo se devolverá lo cobrado de más

Uno de los puntos centrales del fallo está relacionado con los usuarios que ya recibieron o pagaron facturas calculadas con los valores cuestionados.

Las distribuidoras deberán aplicar nuevamente el esquema tarifario anterior para los componentes suspendidos. Cuando una factura ya haya sido emitida o abonada con los valores alcanzados por la cautelar, la diferencia deberá ser reconocida a favor del usuario en una liquidación posterior.

El mecanismo previsto no establece una devolución inmediata en efectivo. El importe correspondiente deberá aparecer como crédito o saldo a favor en las facturas siguientes.

Por eso, uno de los aspectos que deberán seguir de cerca los usuarios será la forma en que cada empresa instrumente la refacturación y cómo se detalle el crédito correspondiente.

La aplicación práctica de la resolución dependerá de la notificación judicial a las distribuidoras y de los procedimientos que se utilicen para determinar las diferencias en cada caso.

El fallo tampoco representa todavía una definición definitiva sobre la validez de los aumentos. La Provincia puede apelar y la discusión judicial continuará sobre el fondo del planteo.

Hasta que exista una nueva decisión que modifique la cautelar o una sentencia definitiva, las empresas alcanzadas deberán adecuarse a la orden judicial. El próximo período de facturación será, por lo tanto, clave para verificar cómo se refleja la medida en las boletas de los usuarios.

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